Hoy se ha publicado en el DOCM el decreto que regula el proceso de solicitud de ayudas para materiales curriculares (1º y 2º de Educación Primaria).
Toda la información está disponible en el Portal de Educación de Castilla-La Mancha. De manera resumida, se deberán tener en cuenta los siguientes puntos:
- PLAZO de presentación: hasta el 15 de septiembre.
- Modo de presentación: en papel (Anexo I). Se presentará la solicitud debidamente cumplimentada, firmada por ambos progenitores, junto con toda la documentación necesaria:
* Fotocopia de DNI, NIE o tarjeta de residencia de todos los miembros computables de la familia.
* Justificación, en su caso, de una sola firma.
* Documentación económica referida al año 2015:
* Justificación, en su caso, de una sola firma.
* Documentación económica referida al año 2015:
- Declaración de la renta del ejercicio 2015.
- En caso de no haber realizado la declaración de la renta, documentación que justifique los ingresos del año 2015 (certificados de empresa, informe de Servicios Sociales, nóminas...).
- Si no se ha obtenido ningún ingreso en 2015 deberá aportarse declaración responsable en este sentido y acreditarse mediante informe de Servicios Sociales, informe de vida laboral negativo de la Seguridad Social, etc.
Toda solicitud cuya situación económica en el año 2015 no esté debidamente acreditada, será excluida.
- El centro comprará los libros (hasta 90€) del alumnado beneficiario. El resto de los libros que no puedan ser adquiridos por el centro correrán a cargo de las familias (que se encargarán de su compra).
- Requisitos para poder solicitar la ayuda:
* Estar matriculado en el curso 2016/17 en 1º o 2º de Educación Primaria en un centro público o privado-concertado de Castilla-La Mancha.
* Tener un nivel de renta familiar igual o inferior al establecido en el Artículo 4. punto 1, letra b) del Decreto 43/2016 de 30 de agosto.
- Se aconseja solicitar la beca en los primeros días de plazo para subsanar la falta de documentación, en caso de producirse, dentro de plazo.
NOTA: En caso de haber comprado los libros con anterioridad a la publicación del Decreto, se deberá proceder de igual modo y presentar en el centro la factura que acredite dicha compra.
NOTA: En caso de haber comprado los libros con anterioridad a la publicación del Decreto, se deberá proceder de igual modo y presentar en el centro la factura que acredite dicha compra.